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Societario

Constitución de sociedades en Argentina para inversores internacionales

Panorama de los tipos societarios argentinos para inversores extranjeros —S.A., S.R.L. y S.A.S.—, requisitos para socios extranjeros y relación con la ciudadanía por inversión.

Juan Pablo Rojas Pascual, abogado argentino y asesor jurídico de inversores internacionales

Escrito por Juan Pablo Rojas Pascual

Revisado por Juan Pablo Rojas Pascual

Publicado:

Última actualización:

2 min de lectura

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Datos clave

  • 01S.A.: capital en acciones, directorio; adecuada para proyectos grandes o con varios inversores.
  • 02S.R.L.: capital en cuotas, gerentes; frecuente en negocios de pocos socios.
  • 03S.A.S.: régimen simplificado de la Ley 27.349.
  • 04Los documentos extranjeros para la constitución requieren, en general, apostilla y traducción pública.

Elegir entre S.A., S.R.L. y S.A.S.

Socios extranjeros

Estructura societaria y ciudadanía por inversión

Preguntas frecuentes

¿Una sociedad puede ser 100% de capital extranjero?

Fuentes y referencias normativas

  1. [1]Ley 19.550 General de Sociedades — InfoLEG — Ministerio de Justicia · Ley
  2. [2]Ley 27.349 de Apoyo al Capital Emprendedor (S.A.S.) — InfoLEG — Ministerio de Justicia · Ley
  3. [3]Convention of 5 October 1961 Abolishing the Requirement of Legalisation for Foreign Public Documents — HCCH — Hague Conference on Private International Law · Ley

La información de este sitio es general y no constituye asesoramiento jurídico. Las decisiones sobre ciudadanía y residencia corresponden a las autoridades argentinas competentes, conforme a la normativa y los requisitos administrativos aplicables.

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